30.09.2021
“Justicia Transicional – 30 años de un campo de investigación” se tituló la conferencia del Prof. Dr. Thomas Fischer (Katholische Universität Eichstätt-Ingolstadt, Alemania), actividad que fue parte de las iniciativas del proyecto patrocinado por la Fundación Humboldt (Alemania), Red de Estudios Sociales y Políticos de América Latina y Europa y que contó con el apoyo del Instituto de Historia de la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso.
Las Naciones Unidas han definido la Justicia Transicional (JT) como “toda la variedad de procesos y mecanismos asociados con los intentos de una sociedad por resolver los problemas derivados de un pasado de abusos a gran escala, a fin de que los responsables rindan cuentas de sus actos, servir a la justicia y lograr la reconciliación”.
“Lo importante es que se trata de sociedades y Estados nacionales, cuando se aplica lo que llamamos Justicia Transicional, y se afronta un pasado violento, de abusos”, explicó el académico.
Se han desarrollado instrumentos principalmente jurídicos del derecho internacional para abordar este tema. En primer lugar, la obligación del Estado, de investigar y procesar a los presuntos autores de violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario, incluida la violencia sexual, y de castigar a los culpables; también el derecho a conocer la verdad sobre los abusos del pasado y la suerte que han corrido las personas desaparecidas; asimismo el derecho de las víctimas de violaciones graves de los derechos humanos y del derecho internacional humanitario a obtener reparación, y por último, la obligación del Estado de impedir, mediante la adopción de distintas medidas, que tales atrocidades vuelvan a producirse en el futuro. “Estos son los instrumentos que se aplican a nivel local cuando un Estado, nación o sociedad, empieza un periodo de transición y se quiere afrontar un pasado violento”, puntualizó el profesor.
Hay una publicación de tres tomos editada por Neil Kritz titulada Transitional Justice. How Emergening Democracies Reckon with Former Regimes. Washington D.C.: United Institute of Peace (1995). “Allí se quería consagrar esta idea cuando hay transición política hacia la democracia, afrontando el pasado. En estos tomos se publicaron más de cien ensayos que se consideraron cruciales sobre la temática y uno de los prefacios era de Nelson Mandela, Premio Nobel de la Paz y ex Presidente de Sudáfrica, perteneciente a los países importantes en esta discusión, persona que sin duda cargaba capital simbólico. Estos tomos fueron constitutivos como hito fundacional de la Justicia Transicional”, precisó Fischer.
Cuando se pregunta ¿qué es Justicia Transicional? Hay autores como Paige Arthur (2009) y Anne Krüger que consideran la JT como un concepto, es decir, algo que se puede determinar muy claramente, y que tiene un contexto y ante todo un método con el que se trabaja. “Yo dudo que sea así porque veo la JT como algo más amplio. Es más convincente considerar la JT como campo en el sentido de Bordieu, incluyendo actores que se posicionan, se defienden y se desarrollan”, destacó el doctor.
El profesor agregó que este campo está relativamente abierto y en desarrollo, dado que es interdisciplinario, existiendo más de un método. Al principio involucraba principalmente a las disciplinas vinculadas a las leyes, jurídicas, como el derecho internacional y los derechos humanos, además de ciencias políticas, vale decir, desde un comienzo no hubo un solo método. “Además, tiene una dimensión práctica y otra académica. Si bien se podría señalar que la ciencia siempre está acompañando los procesos de cómo afrontar el pasado también existe una dimensión práctica, siendo ciencia aplicada”, determinó el investigador.
Conforme con Ruti G. Teitel (2003) el desarrollo de la JT se puede dividir o diferenciar hasta el 2003 en tres fases: La primera serían los Procesos de Núremberg en 1945 hasta comienzo de la Guerra Fría. Hubo una interrupción por muchos años, pero no se olvidó lo que se adquirió en estos procesos que era la internacionalización del derecho, incluyendo la expropiación de cortes locales, la penalización de los perpetradores y la rendición de cuentas; la segunda fase comenzó con el Fin de la Guerra Fría hasta el 2000, tercera ola de la democratización, donde se usó el enfoque de los DD.HH. y los derechos civiles. Lo que era nuevo en esta fase es que entra América Latina con un aporte muy importante que es la búsqueda de la verdad, a través de las comisiones de la verdad, que se aplican en todo el mundo.
“En esta fase realmente observamos que hubo una prioridad en la búsqueda de la verdad, quizás también porque en estos periodos de transición se busca perseguir, penalizar a los perpetradores y responsables. Lo que podría pasar con ayuda internacional. Entonces lo que resulta con estas comisiones de la verdad, de acuerdo a Scheineder, es una narración consensual, no es precisamente lo que los historiadores pensaríamos en cómo se debería trabajar en el pasado. La tercera fase comenzaría con el nuevo milenio donde prevaleció la implementación de la justicia retributiva a través de Cortes Internacionales (normalmente con sede en la Haya) para perseguir a los perpetradores. Se pensaba que esto era el comienzo de un perseguir sistemático a los responsables, algo que no ha funcionado a nivel universal”, comentó el profesor.
De acuerdo al académico, a partir del 2010, se observa el comienzo de una nueva fase, que se podría caracterizar por la acomodación de este campo, que se abre a más disciplinas como la antropología y las ciencias sociales, trabajando todo lo que tiene que ver con el pasado y la memoria colectiva.
La actividad contó con los saludos de bienvenida del Dr. Ricardo Iglesias, director del Instituto de Historia PUCV, y del Dr. Claudio Llanos, director del Magíster en Historia PUCV y organizador de esta iniciativa.
Por Natalia Cabrera Vásquez
Instituto de Historia