Ir a pucv.cl

Agenda de PP.OO. Se toma debate constituyente

Estatutos especiales para indígenas desafía paradigmas de la derecha

Entrevista a Manuel Núñez

30.08.21

La evolución del Derecho Internacional está creando un nuevo registro de derechos que benefician a las minorías. Conciliarlos con la igualdad ante la Ley y negociar sus límites será parte del trabajo de la constituyente.

Aunque recién en octubre la convención constituyente debatirá los contenidos de una nueva constitución, el proceso previo ha mostrado la fuerza con que los pueblos originarios (PP. OO. ) promueven sus posiciones, apelando a un estatus especial, y la buena acogida que estas posturas tienen a priori en la centroizquierda.

Ejemplos de ello: El arriendo inicial de un departamento para la machi Francisca Linconao o viáticos extra a los representantes de PP.OO. El Centro de Estudios Públicos (CEP) advirtió que “el porcentaje de los distintos cupos reservados que la CC ha venido creando en su propia orgánica ha sido expansivo”, recordando que los escaños reservados son 11% del total de convencionales: Tienen 29% de las vicepresidencias adjuntas; 17% del comité de asignaciones y 18% de cupos reservados al considerar todas las comisiones.

La fuerza con que está instalándose la agenda indígena divide a la centroderecha: 15 convencionales de RN y Evópoli reconocieron una “deuda histórica”, y llamaron a dialogar para compatibilizar una sociedad con “el pleno reconocimiento de los pueblos originarios, de sus derechos y de su especificidad cultural”. La convencional Marcela Cubillos cuestionó que exista tal deuda o que fuera la convención el espacio para saldarla; y en el tema de fondo sostuvo en un podcast de El Líbero que la Constitución debe diseñar un sistema que “permita a todos actuar en igualdad ante la Ley”.

Sin entrar al debate sobre plurinacionalidad -la bandera de los PP.OO. Al hablar de reconocimiento constitucional-, conversamos con expertos de distintas disciplinas (Derecho, Psicología Política, Historia y Filosofía) para conocer cómo la discusión de estatutos especiales obligará a repensar las relaciones entre los ciudadanos, superando visiones más tradicionales de liberalismo que imperan en la centroderecha -bajo al regla de la igualdad ante la Ley y qué límites deberían tener estos tratos preferentes.

Estatutos, el nuevo switch

La llamada “igualdad ante la Ley” es una de las banderas de Occidente pos revolución estadounidense y francesa. Pero la homogeneización a la que aspiraba -todos unidos bajo la figura del Estado Nación-, fue erosionada el siglo XX por los discursos de minorías.

En materia indígena, paralelamente, se aplicaba el paradigma de la “asimilación” (el convenio 107 de la OIT de 1950 es el mejor ejemplo), bajo la filosofía de proteger a estos grupos mientras se subían al carro del desarrollo. Esto va cambiando hasta que la OIT aplica el convenio 169 de 1989 (que Chile recién firmó en 2008), según sintetiza el experto en temas indígenas, Manuel Núñez y académico de la PUCV.

“En materia indígena aparecen estos derechos distintos que los de la generalidad de la ciudadanía: Al principio general de igualdad ante la ley, se le superpone un segundo orden de derechos ligados a los movimientos antidiscriminación, y se concreta en el concepto de los derechos de pueblos indígenas. Más que una negación de la igualdad ante la ley, es una evolución, en torno a ciertos grupos con derechos especiales”, dice el abogado.

Sebastián Donoso es abogado y fue asesor especial para asuntos indígenas durante el primer gobierno de Sebastián Piñera. Ya desde antes era profesor de legislación indígena de la UC, y con el tiempo siguió especializándose en estos temas, lo que hoy lo tiene sentado en el Instituto Nacional de Derechos Humanos. Y es uno de los artífices de la propuesta sobre reconocimiento indígena de Horizontal, el think tank de Evópoli.

Para él, desde lo jurídico “hace pleno sentido la existencia de estatutos especiales en la medida que permiten recoger la diversidad de preferencias y de aproximaciones que tienen los ciudadanos en virtud de su identidad, en la elaboración de políticas públicas. Es plenamente consistente con una mirada más liberal, donde cobran importancia las opciones de distintos ciudadanos. La lógica en una sociedad homogénea es que debes tratar igual a los que son iguales. Pero cuando tienes grupos de ciudadanos que compartiendo un sustrato básico de derechos fundamentales, tienen diversidad, diferencias culturales y derechos específicos, no los puedes tratar igual. No puedes tratar igual a quienes no son iguales. Este es uno de los enfoques que ha demostrado haber fallado: construimos una suerte de identidad nacional, probablemente no de mala fe, que no se hizo cargo de las diferencias y la diversidad que hay entre nosotros y no fue bueno. Pasó por encima de esas diferencias y nos hemos perdido por decenios la riqueza de haber mirado la diversidad e identidad social y cultural de los pueblos indígenas de modo distinto”.

Las tendencias jurídicas mundiales validan este trato especial (el último instrumento es la Declaración de las Naciones Unidas sobre Pueblos Indígenas de 2007). Pero, ¿cómo hacer que la sociedad toda lo acepte sin que se resienta por ello?

Primero, reconocer el daño

Buscamos una respuesta desde la psicología social. El punto de partida para Roberto González, presidente de la Asociación Internacional de Psicología Política, es que los pueblos originarios en Chile fueron víctimas que requieren reconocidas. Por ello, la sociedad debe ser consciente de que en el pasado ocurrieron cosas que deben ser reparadas. “Si dicha etapa previa no está bien resuelta -reconocer el dañose entenderá como un beneficio a un tercero que produce daño a tu grupo”.

“Las víctimas necesitan recuperar el poder perdido, tras lo cual fueron subyugadas a condiciones de inferioridad. Cuando restauras, dignificas a estas víctimas, devolviéndoles su reconocimiento: Se le ayuda a reintegrarse a la vida en sociedad con todos los derechos y deberes. Que sea reconocido”, agrega.

¿Cuál es el límite?

El académico Núñez reconoce que “si uno aplicara a rajatabla las reivindicaciones territoriales, Chile virtualmente desaparece porque no hay centímetro cuadrado de los actuales centros poblados que no haya sido habitado o utilizado por algún pueblo indígena”. Aunque agrega: “Tiendo a pensar que la gran mayoría de los líderes indígenas tienen sentido de la realidad y muchas veces extreman las posiciones para obtener el punto medio”.

-Hay medidas de reparación que se hacen peligrosas para el otro. ¿Cómo se construye esa línea?, le preguntamos a Roberto González.

-Con mucho diálogo, negociación y acuerdos, con una ley que proteja el acuerdo. La CAM y otros grupos radicalizados surgen en nuestra historia porque los acuerdos han tenido sistemáticas violaciones del Estado, lo que ha quebrado la confianza. Hay otro elemento a considerar: Siempre perder poder genera tensión, pero es peor cuando arriesgas todo por mantener ese poder. Si el Estado va a poner en riesgo la gobernabilidad en la IX y X regiones, debes pensar que hay que mediar, buscar una salida a ese tema de tensión, con acuerdos de largo plazo. Que incluyan reparaciones reales y simbólicas a quiens sufrieron el daño.

Donoso más que de límites lo define como “armonización y acomodo institucional”. Y para ello hay varios parámetros: Primero, los estatutos especiales deben enmarcarse en el sistema internacional de derechos humanos, lo que obliga a asegurar que ciertas costumbres o tradiciones de algunos grupos indígenas sean consistentes con los derechos humanos internacionalmente reconocidos; segundo, “vivimos en sociedad, por lo que los estatutos especiales deben armonizarse y acomodarse con otros estatutos e intereses, lo que significa negociación. No es simplemente decir “éste es el estatuto indígena' y todo el resto debe acomodarse a eso. Para eso está la democracia”.

También agrega que “los estatutos especiales para pueblos indígenas tienen un componente de libre determinación y obviamente se tienen que desarrollar sin menoscabar la integridad territorial o unidad política de los Estados, tal como lo establece el artículo 46 de la Declaración de Naciones Unidas de 2007 sobre derechos de los pueblos indígenas. Además, todas las constituciones que consagran derechos de los pueblos indígenas señalan que éstos se ejercen en el marco de la Constitución y las leyes. Eso es parte de un acomodo también. Vamos a hacer ahora las dos cosas al mismo tiempo: reconocer a los pueblos indígenas y sus derechos, y generar un nuevo rediseño institucional que definirá el marco en que se ejercerán esos derechos indígenas”.

Esta entrevista fue publicada en La Segunda el 25 de agosto de 2021. Accede a la publicación original aquí. 

*Las opiniones vertidas en la entrevista no representan necesariamente el pensamiento institucional de la Facultad y Escuela de Derecho PUCV.

Facultad y Escuela de Derecho PUCV